El beneficio tributario para sistemas térmicos con energía solar consiste a una deducción de impuestos a la renta para empresas constructoras equivalente al valor de compra e instalación de sistemas de calefacción de agua que utilicen energía solar. Orientado a viviendas nuevas, ya está aplicable para todos los proyectos.
En la latitud 28” de Vallenar, se logra un ahorro de aproximadamente un 80% anual en combustible (gas). En Santiago es aproximadamente un 70% de ahorro anual, ocho meses gratis en promedio, dependiendo de las condiciones climáticas. ¡Un gran beneficio para las familias y su ahorro en el presupuesto familiar!
Se debe considerar la importante contribución que se realiza de disminuir la contaminación del medio ambiente. Por cada colector solar se evita una producción de 4,5 toneladas de CO2, por 60 son 270 toneladas al año, muy importante para la salud de nuestros niños.
Un aspecto muy relevante, ¿Cuánto tiempo se requirió para completar la instalación de todos los sistemas de colectores solares para las 60 viviendas?La instalación de los 60 colectores se realizo en un tiempo record de 22 días, con total cumplimiento.
Aunque esta franquicia tributaria es para las empresas constructoras, el gran beneficiado son los ocupantes de las viviendas, en que se instalan los colectores solares en casas. El beneficio es que el gobierno paga el valor completo de un colector solar para las viviendas de un valor menor o igual a 2000 UF. Para las viviendas entre el 2000 a 4000 UF se paga un porcentaje.
Imágenes: Sandra Reciné - Arquitectura e Ingeniería sustentable E2
Más información respecto del beneficio tributario:
Guía legal del beneficio, biblioteca del congreso
Historia de la ley - Centro de energía renovables CER

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